Defensa Penal

El siguiente cuadro muestra los delitos que pueden tener responsabilidad penal para las empresas o personas jurídicas según el Código Penal vigente.

DelitoArtículoPena
Tráfico ilegal de órganos o su trasplanteArt. 156 bis 3 Código PenalMulta del triple al quíntuple del beneficio obtenido.
Trata de seres humanosArt. 177 bis 7 Código PenalMulta del triple al quíntuple del beneficio obtenido.
Delitos relativos a la prostitución y la corrupción de menoresArt 189 bis Código Penal
  • Si para la persona física tienen prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa del triple al quíntuple del beneficio obtenido.
  • Si para la persona física tienen prevista una pena de prisión mayor de 2 años y hasta 5 años: multa del doble al cuádruple del beneficio obtenido.
  • Si para la persona física tienen prevista una pena de prisión igual o menor de 2 años: multa del doble al triple del beneficio obtenido.
Delitos contra la intimidad y allanamiento informáticoArt. 197.3 Código PenalMulta de 6 meses a 2 años.
Estafas y fraudesArt. 251 bis Código Penal
  • Si para la persona física tienen prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa del doble al quíntuple de la cantidad defraudada.
  • Para el resto de los casos: multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada.
Insolvencias puniblesArt. 261 bis Código Penal
  • Si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa de 2 a 5 años.
  • Si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 2 años y hasta 5 años: multa de 1 a 3 años.
  • Si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión igual o menor de 2años: multa de 6 meses a 2 años.
Daños informáticosArt. 264.4 Código Penal
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 2 años: multa del doble al cuádruple del perjuicio causado.
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de Prisión igual o menor de 2años: multa del doble al triple del perjuicio causado.
Delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores y de corrupción privadaArt. 288 Código Penal
  • Delitos de los arts 270, 271, 273, 274, 275, 276, 283, 285 y 286:
    • Multa del doble al cuádruple del beneficio, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 2 años.
    • Multa del doble al triple del beneficio obtenido o favorecido, en el resto de los casos.
  • Delitos de los arts 277, 278, 279, 280, 281, 282, 282 bis, 284 y 286 bis:
    • Multa de 1 a 3 años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena mayor de 2 años de prisión.
    • Multa de 6 meses a 2 años, en el resto de los casos.
Receptación y blanqueo de capitalesArt. 302.2 Código Penal
  • Si para la persona física tienen prevista una pena mayor de 2 a 5años: multa de 2 a 5 años.
  • Si para la persona física tienen prevista una pena igual o menor de 5 años: multa de 6 meses a 2 años.
Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad SocialArt. 310 bis Código Penal
  • Delitos de los arts. 308 y 309: si para la persona física tiene una pena de Prisión mayor de 2 años y hasta 5a, multa del tanto al doble de la cantidad defraudada o indebidamente obtenida más pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y gozar de los beneficios fiscales o de la Seguridad Social de 3 a 6 años.
  • Delitos de los arts. 308 y 309: si para la persona física tiene una pena de Prisión mayor de 5 años, multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada o indebidamente obtenida más pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y gozar de los beneficios fiscales o de la Seguridad Social de 3 a 6 años.
  • Delitos del art. 310: multa de 6 meses a 1 año más pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y gozar de los beneficios fiscales o de la Seguridad Social de 3 a 6 años.
Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjerosArt. 318 bis 4 Código PenalMulta de 2 a 5 años o la del triple al quíntuple del beneficio obtenido, si la cantidad resultante fuese más elevada.
Delitos de construcción, edificación o urbanización ilegalArt. 319.4 Código PenalMulta de 1 a 3 años o, si el beneficio obtenido fuese superior, multa del doble al cuádruple del montante del dicho beneficio.
Delitos contra el medio ambienteArts. 327, 328.6 Código Penal
  • Delitos de los arts. 325 y 326: si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa de 2 a 5 años.
  • Delitos del art. 328: si el delito para la persona física tiene prevista una pena de privación de libertad mayor de 2 años: multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del perjuicio causado si la cantidad resultante fuese más elevada.
  • Delitos del art. 328 si el delito para la persona física tiene prevista una pena de privación de libertad igual o menor de 2ños: multa de 6 meses a 2 años o del doble al triple del perjuicio causado si la cantidad resultante fuese más elevada.
  • Delitos de los arts. 325 y 326: si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión igual o menor de 5 años: multa de 1 a 3 años.
Delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantesArt. 343.3 Código PenalMulta de 2 a 5 años.
Delitos de riesgo provocado por explosivosArt. 348.3 Código PenalMulta de 1 a 3 años, salvo que el perjuicio producido fuera de importe mayor, en cuyo caso la multa será del doble al cuádruple del montante de dicho perjuicio.
Delitos contra la salud pública en la modalidad de tráfico de drogasArt. 369 bis Código Penal
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa de 2 a 5 años o del triple al quíntuple del valor de la droga cuando la cantidad resultante fuese más elevada.
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 2 años y hasta 5 años: multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del valor de la droga cuando la cantidad resultante fuese más elevada.
CohechoArt. 427.2 Código Penal
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa de 2 a 5 años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada.
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de privación de libertad mayor de 2 años no incluida en el apartado anterior: multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada.
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena no prevista en los dos apartados anteriores: multa de 6 meses a 2 años, o del doble al triple del beneficio obtenido si la cantidad resultante fuese más elevada.
Tráfico de influenciasArt. 430 Código PenalMulta de 6 meses a 2 años.
Corrupción de funcionario extranjeroArt. 445.2 Código PenalMulta de 2 a 5 años, o la del triple al quíntuple del beneficio obtenido si la cantidad resultante fuese más elevada.
Financiación del terrorismoArt. 576 bis Código Penal
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de prisión mayor de 5 años: multa de 2 a 5 años.
  • Si el delito para la persona física tiene prevista una pena de privación de libertad mayor de 2 años no incluida en el apartado anterior: multa de 1 a 3 años.
Ciertos casos de contrabandoArt. 3.3 Ley Orgánica 12/1995, de represión del contrabandoEn todos los casos, multa proporcional del duplo al cuádruplo del valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos objeto del contrabando, y prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas para contratar con las Administraciones Públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por un plazo entre 1 y 3 años.
Adicionalmente, en los supuestos previstos en el artículo 2.2 LO 12/1995, suspensión por un plazo de entre 6 meses y 2 años de las actividades de importación, exportación o comercio de la categoría de bienes, mercancías, géneros o efectos objeto del contrabando; en los supuestos previstos en el artículo 2.3 LO 12/1995, clausura de los locales o establecimientos en los que se realice el comercio de los mismos.

 

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