Para un cumplimiento adecuado de las obligaciones que impone la Ley Orgánica de Protección de Datos, CONSULDAT Abogados y Consultores presta a sus clientes y colaboradores los siguientes servicios:
Relación de Servicios Profesionales de Consuldat
1. Análisis de los circuitos de información en los que se traten datos de carácter personal. Aplicación de los principios de la protección de Datos a las tres fases del tratamiento: al recabar los datos, al tratarlos, al utilizarlos. Detección de incumplimientos e irregularidades en el tratamiento.
2. Definición y descripción de los ficheros que necesita para el desarrollo de su actividad concreta de los que necesariamente es responsable. Declaración e inscripción en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.
3. Redacción de cláusulas jurídicas para cumplir con los principios de información y obtención del consentimiento para tratar los datos conforme a sus intereses como servicio de protección de datos de carácter personal. Corrección de incumplimientos e irregularidades.
4. Confección de anexos a los contratos de trabajo para cumplir el principio de información con los trabajadores, así como anexos a los contratos de trabajo de los empleados que traten datos de carácter personal, en los que se les informe detalladamente de sus obligaciones y responsabilidades relacionadas con el tratamiento de datos personales.
5. Confección del Contrato/s de Prestación de Servicios de protección de datos de carácter personal entre la Empresa como responsable de sus ficheros y los encargados del tratamiento y protección de datos de carácter personal que subcontrate.
6. Redacción del Documento de Seguridad que ha de contener la política general de la empresa en lo que al tratamiento de datos de carácter personal se refiere.
7. Promover seminarios y cursos de formación para el personal de la empresa que trate datos de carácter personal con el fin de sensibilizarles de la importancia que tiene, para la empresa y para ellos mismos, un tratamiento de los datos adecuado a la Ley.
8. Realizar, cuando proceda, una Auditoría externa, al menos cada dos años, en los términos exigidos reglamentariamente (art. 96 RLOPD).
9. Asesoramiento jurídico permanente en materia de protección de datos, resolviendo cuantas consultas puedan plantearse en el desarrollo diario de la actividad empresarial y actualizando la documentación pertinente para un cumplimiento razonable de la normativa.
10. Colaboración con profesionales y asesorías de empresas para seguir prestando a sus clientes los servicios especializados que requieran servicios proteccion dato caracter personal, siempre sobre las bases de lealtad y eficacia.
Si lo desea, puede descargar Descargar esta información como documento PDF y también puede Contactar con nosotros si desea más información y para resolver cualquier duda o consulta que tenga.