1. Introducción
El cumplimiento normativo y el control interno son necesidades nuevas que han surgido para todo tipo de organizaciones, tanto públicas como privadas. La gestión y control del riesgo se suma así a los peligros derivados de incumplimientos normativos de leyes nacionales, regulaciones transnacionales o estándares internacionales. Las organizaciones requieren soluciones que les permitan garantizar, monitorizar y acreditar el cumplimiento de toda la legislación vigente que les afecta.
La gestión conjunta de la seguridad, los riesgos y el cumplimiento normativo (GRC), han surgido como nuevas necesidades para las compañías y organizaciones de implementar estrategias y procesos de forma proactiva en un nuevo marco de control.
Desde CONSULDAT, bufete con más de 25 años de experiencia en el asesoramiento a empresas, hemos simplificado y optimizado la gestión del cumplimiento normativo, minimizando la carga que supone, creando un valor añadido y diferenciación competitiva para nuestros clientes.
2. Programas de Compliance
El proyecto de Ley Orgánica de Reforma del Código Penal que se está tramitando actualmente en el Parlamento, exigirá a todas las empresas diseñar e implantar Programas de Cumplimiento Normativo o Compliance, con el fin de detectar y evitar posibles conductas penales en el seno de la empresa y, por tanto, de sus administradores, representantes y empleados.
Surge así la figura del Oficial de Cumplimiento, Compliance Officer o Controller Jurídico, responsable del cumplimiento del marco regulatorio y normativo en el ámbito penal que afecta a las empresas y que podrá ejercerse, tanto por personas físicas u órganos colegiados dentro de la empresa, como por abogados y bufetes externos contratados para esta función. Las empresas necesitan en el marco de esta reforma parlamentaria, instruir y conocer las responsabilidades, perfil profesional, experiencia, competencias y habilidades del Oficial de Cumplimiento, ya sea empleado directo de la empresa o servicio externo.
Un Programa de Compliance, es un compendio normativo que reúne Valores Éticos y Deberes Jurídicos asumidos por la Empresa e impuestos por la legalidad vigente, y exigibles a todos los integrantes de la misma. Dichos programas tienen como finalidad prevenir, detectar y corregir cualquier incumplimiento que pueda tener lugar en el seno de la Empresa y, dar a conocer e instaurar entre sus miembros una cultura de respeto a la legalidad penal.
Según nuestra legislación, los delitos cometidos por empleados de las sociedades mercantiles, se deben a un defecto de organización interno de la Empresa, y exige al empresario que cumpla con un nivel de diligencia especial que evite dicha responsabilidad penal.
Este nivel de diligencia especial se concreta en específicos deberes de vigilancia y control sobre los empleados, estableciendo mecanismos que fomenten el cumplimiento normativo y eviten que la organización o Empresa favorezca de modo directo o indirecto conductas sancionables penalmente.
En los casos en los que se haya cometido un delito en el seno de la persona jurídica, la autoridad judicial exigirá la acreditación del nivel de diligencia aplicado para evitar su comisión. Haber implantado con anterioridad a la comisión un Programa de Compliance impide que la persona jurídica sea considerada responsable penal por las conductas llevadas a cabo por sus empleados, evitando la repercusión muy negativa que ello tendría en su reputación en el tráfico jurídico y, por tanto, en su actividad diaria, imagen pública, financiación, etc.
El Cumplimiento Normativo separa y protege a la Empresa de los individuos que la integran y que han cometido el delito.
La labor de CONSULDAT consiste en detectar las necesidades especiales e individuales de cada Empresa, con el fin de diseñar e implantar un Programa de Compliance específico, formar a los empleados y al Oficial de Cumplimiento, realizar el seguimiento externo de la organización y, en último término, asumir la representación procesal de la Empresa y su Órgano de Administración ante un eventual proceso judicial penal.
Ante la comisión de hechos con posibles implicaciones penales para la Empresa, CONSULDAT creará un Grupo de Investigación para esclarecer los hechos ocurridos y permitir a la dirección adoptar las medidas necesarias para proteger los intereses de la Empresa y defender su imagen, reputación y honor. En última instancia, los abogados expertos de CONSULDAT, llevarán a cabo la representación y defensa procesal de la Empresa, eximiendo o atenuando su responsabilidad penal y reclamando a terceros los perjuicios causados.
En este momento, el diseño e implementación de un Programa de Compliance en el seno de la empresa ya es considerado un atenuante de la responsabilidad penal de la Empresa, acreditando la aplicación de la diligencia debida en el control que se debe ejercer sobre los empleados ante la comisión de un ilícito penal.
La Reforma del Código Penal que entrará en vigor en los próximos meses implicará que no haber diseñado e implantado un Plan de Prevención constituye Delito. Según lo expuesto en el texto de reforma del Código Penal, las consecuencias derivadas de la no implantación de un Programa de Compliance son las siguientes:
- Multas de 2 a 5 años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido, inhabilitación especial, cese de actividad, responsabilidad civil, intervención judicial de la empresa y penas de prisión para el representante legal y administradores.
Contar con un Programa de Compliance eficaz, supondrá un eximente o, al menos, atenuante de la Responsabilidad Penal de la Empresa. Por tanto, su adopción se hace totalmente imprescindible.
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